Ante su concurrencia en el procedimiento de revisión, emplazamiento para corregir debe practicarse previo a la inspección tributaria: Consejo de Estado

Ante su concurrencia en el procedimiento de revisión, emplazamiento para corregir debe practicarse previo a la inspección tributaria: Consejo de Estado

La Sección Cuarta del Consejo de Estado señaló que el artículo 705 del ET incorpora el término de caducidad de la competencia administrativa para proponer, mediante requerimiento especial, las modificaciones a las autoliquidaciones tributarias.

En ese sentido, la norma en mención, en la redacción entonces vigente, disponía que la autoridad tenía dos años para notificar el requerimiento especial, contados desde el vencimiento del plazo para declarar, de la fecha de presentación extemporánea de la declaración privada o desde la fecha de solicitud de devolución y/o compensación, según sea el caso. Pero dicho término puede ser objeto de suspensión conforme a las hipótesis previstas en el artículo 706 ibidem, de las cuales la Sala destaca las siguientes: (i) en el caso de que se practique de oficio una inspección tributaria, por un plazo de tres meses que inicia desde de la notificación del auto que la decrete; y (ii) con la notificación del emplazamiento para corregir, por el término por un mes.

Sin embargo, señaló la Sala, el ordenamiento tributario no dispone que la expedición, y notificación, de autos de verificación o cruce, durante el procedimiento de revisión, suspenda el término de caducidad previsto en el artículo 705 ET. A lo anterior, cabe añadir que la jurisprudencia de la Sección ha precisado que cuando en el procedimiento de revisión concurren una inspección tributaria y un emplazamiento para corregir, este se debe practicar antes que la inspección, pues de lo contrario no se estaría actuando bajo indicios toda vez que en la inspección habrá podido constatar directamente los soportes de la declaración objeto de revisión.

Consulte el fallo aquí:

CE-SEC4-EXP2021-N22277_00115-01_Nulidad-Restab_20210506

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