Anulado Decreto 1419 de 2019 que impuso un arancel compuesto de aduanas a los productos importados para el sector textil

Anulado Decreto 1419 de 2019 que impuso un arancel compuesto de aduanas a los productos importados para el sector textil

El Gobierno Nacional profirió el Decreto 1419 de 2019 que reglamentó los artículos 274 y 275 de la Ley 1955 de 2019. Ambas normas establecieron que los productos importados pertenecientes a los capítulos 61 (prendas y complementos – accesorios-, de vestir, de punto) y 62 (prendas y complementos -accesorios-, de vestir, excepto los de punto) tendrán un arancel del 37.9% cuando tenga un valor F.O.B. igual o inferior a 20 dólares estadounidenses por kilogramo bruto y un arancel del 10% ad valorem más 3 dólares estadounidenses cuando el valor F.O.B. sea superior a 20 dólares estadounidenses por kilogramo bruto.

Según lo expuesto por la Sala, la Constitución otorgó al Gobierno Nacional una facultad de reglamentación ampliada en el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución para definir los aranceles. Pese a esto, el Gobierno Nacional no la ejerció para determinar el arancel aplicable a los productos de los capítulos 61 y 62 (para lo cual podía, incluso, derogar la ley ordinaria), sino que se limitó a reiterar el arancel fijado de forma inconstitucional por el legislador. En consecuencia, los artículos 1, 2 y 3 del Decreto 1419 de 2019 son nulos porque fueron proferidos con base en una norma diferente a la que regula la competencia del Gobierno Nacional sobre la materia que, se reitera, es el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución. Ahora, ante la nulidad de estas tres normas, los artículos 4 y 5 también son nulos porque carecen de sustantividad propia, pues solo regulan los casos de exoneración y la vigencia de la norma, referidos en un todo al arancel fijado que se insiste se limitó a reiterar el establecido de forma inconstitucional por el legislador.

Consulte el fallo aquí:

CE-SEC4-EXP2021-N24890_00046-00_Nulidad-Simple_20210805

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