Contador que es funcionario público puede ser simultáneamente revisor fiscal en el sector privado

De acuerdo con el principio de interpretación restrictiva, solo pueden considerarse motivos de incompatibilidad o inhabilidad para el ejercicio de la profesión de contador público o para actuar como revisor fiscal aquellos que expresa y taxativamente hayan sido consagrados como tal en las disposiciones aplicables.
Por lo tanto, precisó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, desde el punto de vista de la normativa comercial y contable, no hay inhabilidad o incompatibilidad para que un contador público que ejerza funciones o cargos públicos pueda desempeñarse como revisor fiscal de entes económicos privados de manera simultánea.
Lo anterior sin perjuicio de las limitaciones que impongan las disposiciones disciplinarias o del servicio civil que regulen el ejercicio de un cargo o función pública en particular.
CTCP, Concepto 462 de 2021