DIAN recuerda requisitos para que las personas naturales no residentes en el territorio nacional no sean responsables declarar renta
La DIAN fue consultada sobre las responsabilidades tributarias de una persona que reside en el extranjero. Al respecto, reiteró lo dispuesto en el Oficio 001364 de 2018 (Adición al Concepto Unificado No. 0912 de 2018) en el cual se indicó que las personas naturales no residentes en el territorio nacional, no serán responsables de presentar la declaración de renta en los siguientes casos:
1. Poseer patrimonio y haber obtenido en el respectivo año gravable ingresos en el país sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente según los conceptos previstos en los artículos 407 a 411 del E.T.
2. Poseer patrimonio y no haber obtenido ingresos en el país.
3. No poseer patrimonio en el país y haber obtenido en el respectivo año gravable ingresos en el país sobre los cuales se haya practicado retención en la fuente prevista según los conceptos previstos en los artículos 407 a 411 del E.T. en su totalidad.
4. Lo anterior siempre y cuando no se configuren los supuestos de hecho previstos en los artículos 20-1 y 20-2 del Estatuto Tributario en relación con los establecimientos permanentes.
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