El Ministerio de Hacienda compilaría y adicionaría las normas del Sistema General de Pensiones

El Ministerio de Hacienda compilaría y adicionaría las normas del Sistema General de Pensiones

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público difundió para comentarios un borrador de decreto “[p]or el cual se modifican los artículos 2.2.4.4.3 y 2.2.4.4.4. y se adiciona el Capítulo 11 al Título 8 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, Decreto Único Reglamentario por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones”.

La compilación propuesta por la cartera ministerial tiene en cuenta, entre otras, que según la Corte Constitucional

una vez se ha establecido que el empleador incurrió en una omisión de su obligación de afiliación o de vinculación ante el Sistema General de Seguridad Social, el empleador debe subsanar el pago del pasivo liquidado por la administradora de pensiones con base en el cálculo actuarial. Por su parte, la entidad administradora está obligada, entre otras, a fijar el monto total adeudado.

También considera que “la Corte Suprema de Justicia como máximo órgano de cierre de la jurisdicción laboral ordinaria ha sido reiterativa en su doctrina según la cual los aportes o cotizaciones a pensión no prescriben”.

Para el Ministerio se hace necesario, en consecuencia, “adicionar el Capítulo 11 al Título 8 de la parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones”

con el fin de modificar la fórmula para efectuar el cálculo de la reserva o calculo actuarial, que deberán pagar los empleadores y trabajadores independientes que incurran en omisión en la vinculación o afiliación al Sistema General de Pensiones, así como reglamentar el procedimiento de pago y la imputación de los tiempos en la historia laboral, una vez efectuado el desembolso por parte del empleador o trabajador independiente que se encontraba en omisión de su obligación.

Los interesados podrán enviar sus comentarios hasta el próximo 30 de marzo, a través del siguiente enlace:

Consulte aquí el proyecto: Proyecto MinHacienda – HM

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