En materia tributaria, inclusión dentro del denuncio privado de una erogación no resulta suficiente para que sea deducible: Consejo de Estado

En materia tributaria, inclusión dentro del denuncio privado de una erogación no resulta suficiente para que sea deducible: Consejo de Estado

La Sección Cuarta del Consejo de Estado reiteró que:

En materia tributaria no resulta suficiente la inclusión dentro del denuncio privado de una erogación para que esta sea deducible, pues, de una parte, el gasto efectivamente debe realizarse dentro de la vigencia fiscal correspondiente y de la otra, debe reunir los requisitos exigidos por la disposición tributaria para la deducibilidad de las expensas que se dicen necesarias.

Consulte el fallo aquí:

CE-SEC4-EXP2020-N23957_00008-01_Nulidad-Restab_20200723

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