¿Están las Esal obligadas a publicar en el Secop ll? Responde ColCompra

¿Están las Esal obligadas a publicar en el Secop ll? Responde ColCompra

ColCompra recordó que en desarrollo del artículo 355 de la Constitución se expidió el Decreto 092 de 2017, que dispone las reglas para las contrataciones que realicen las entidades estatales con las Esal. El Decreto regula dos (2) eventos: i) los contratos de colaboración o de interés público con el fin de impulsar programas y actividades de interés público de acuerdo con el plan nacional o los planes seccionales de desarrollo, en los términos del artículo 355 de la Constitución Política; y ii ) los convenios de asociación, para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con las funciones de las entidades estatales, en desarrollo del artículo 96 de la Ley 489 de 1998. Los primeros están regulados en el artículo 2 del Decreto 092 de 2017, mientras que los segundos están previstos en el artículo 5 ibidem. De una lectura de la norma se puede inferir que el Decreto 092 de 2017 obliga al registro de información de las Esal en el Secop II”.

es necesario destacar que la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, en su calidad de administradora del Sistema Electrónico para la Contratación Pública, estableció en la Circular Externa No. 1 de 2019 el alcance de la obligatoriedad del Secop II para el año 2020, previendo expresamente que «Todas las entidades del Estado colombiano deberán gestionar en Secop II los procesos de contratación con Esales (Decreto 092 de 2017) para lo cual encontrarán habilitado el módulo de régimen especial del Secop II» (…). El Decreto 092 de 2017 hace explícita la obligación que tiene la entidad estatal de publicar en el Secop cierta información que le debe entregar la Esal contratista.

En este orden de ideas, el Decreto prescribe que la entidad privada sin ánimo de lucro contratista deberá entregar a la Entidad Estatal, y esta publicar en el Secop, la información relativa a los subcontratos que suscriba para desarrollar el programa o actividad de interés público previsto en el Plan Nacional o seccional de Desarrollo, incluyendo los datos referentes a la existencia y representación legal de la entidad con quien contrató y la información de pagos

Consulte el documento aquí:

Col-Compra-Eficiente-Concepto-2021-N0003650_280_20210615

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