Estos serían los nuevos plazos para presentar y pagar las cuotas del impuesto sobre la renta y complementarios en el marco de las 'obras por impuestos'

Estos serían los nuevos plazos para presentar y pagar las cuotas del impuesto sobre la renta y complementarios en el marco de las 'obras por impuestos'

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha difundido para comentarios un borrador de resolución “[p]or el cual se modifican los artículos 1.6.1.13.2.22., 1.6.1.13.2.23. y 1.6.1.13.2.24. de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

Plazo para presentar y pagar la primera cuota del impuesto sobre la renta y complementarios de los contribuyentes personas jurídicas que soliciten la vinculación del impuesto a “obras por impuestos”

Según la modificación propuesta por la cartera ministerial los contribuyentes personas jurídicas que a treinta y uno (31) de marzo de 2022 soliciten la vinculación del impuesto de renta a “obras por impuestos”

podrán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y pagar la primera cuota hasta el treinta y uno (31) de agosto de 2022.

Plazo para presentar y pagar la primera o segunda cuota según el caso, del impuesto sobre la renta y complementarios de los grandes contribuyentes personas jurídicas que soliciten la vinculación del impuesto a “obras por impuestos”

Para el caso de los grandes contribuyentes que a treinta y uno (31) de marzo de 2022 soliciten la vinculación del impuesto a “obras por impuestos”, estos

podrán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y pagar la segunda (2) cuota, o la primera (1) cuota, cuando hayan optado por el no pago de la misma, hasta el treinta y uno (31) de agosto de 2022.

Plazo para consignar los recursos en la Fiducia, para los contribuyentes a quienes se les apruebe la vinculación del impuesto a “obras por impuestos”

De ser aprobada su vinculación al impuesto por obras, los contribuyentes

deberán consignar en la Fiducia los recursos destinados a la obra o proyecto, a más tardar el treinta y uno (31) de agosto de 2022.

Los interesados podrán enviar sus comentarios hasta el próximo 18 de mayo, a través del siguiente enlace:

Consulte aquí el documento: PD – obras por impuestos – HM

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