Fue aprobado el texto de la reforma tributaria: ahora pasa a conciliación

Fue aprobado el texto de la reforma tributaria: ahora pasa a conciliación

En las últimas horas se debatió y aprobó en el Congreso de la República el texto de la reforma tributaria, luego de que semanas atrás iniciara su discusión en el Legislativo.

Voces de rechazo se escucharon durante el debate, particularmente frente al hecho de que el Congreso de la República estuviese aprobando “a pupitrazo” una ley tan importante como lo es la reforma tributaria.

“Apenas ayer a las 6 de la tarde radicaron un texto de 100 páginas que además tiene dos ponencias alternativas que tiene que leer y conocer la ciudadanía. Por ello, me parece irresponsable con los ciudadanos, con los gremios, con los empresarios, con los docentes y con los colombianos que pretendan poner una reforma que va a terminar siendo ‘pupitreada’ sin la debida comunicación”, destacó el representante Mauricio Toro.

El aprobado texto pasará ahora a conciliación, para conocer el documento final que será enviado al Presidente de la República para su sanción como ley.

El trámite legislativo y los grandes cambios

La ponencia mayoritaria que fue aprobada tiene un total de 61 artículos, de los cuales 6 son nuevos y no hacían parte del texto original presentado por el Gobierno Nacional.

En la Cámara de Representantes se aprobó un primer bloque de 30 artículos que no tenían proposición, y posteriormente se creó una subcomisión para analizar los 92 artículos nuevos propuestos de manera simultánea mientras se va haciendo la votación de los artículos de la ponencia. Los artículos que ya fueron aprobados son: 1, 3, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 25, 31, 32, 42, 43, 45, 46, 49, 53, 56, 57, 58, 60 y 61.

Por ejemplo, el 21 habla de la ampliación del Paef; el 43 da incentivos tributarios para las empresas de la economía naranja; el 53 habla de medidas de apoyo al sector comercial; el 56, de la regla fiscal, o el 58, en el que se incluye una adición al presupuesto del 2021 de 10 billones de pesos. Posteriormente se aprobó el artículo 13 del sistema de facturación electrónica, el 29  de los créditos de tesorería para las entidades territoriales y el 51 que es el de ponerle IVA a las plataformas extranjeras que importen artículos de menos de 200 dólares. Y después se aprobó tal y como venían en la ponencia el bloque de los artículos: 4, 23, 35, 39, 40, 41, 47, 50.

Finalmente, se analizaron un paquete de artículos nuevos sin aval y sin aval. Además, se habló de las posibilidad de poner un impuesto a las bebidas azucaradas pero este no se aprobó.

Por su parte, en el Senado de la República se sometieron a votación un bloque de 39 artículos sin proposiciones y fueron aprobados. Posteriormente, fueron negadas las proposiciones de un bloque de 17 artículos y después se aprobó en grandes bloques toda la reforma.

Dentro de los grandes temas debatidos durante el trámite legislativo de la reforma tributaria se destacan:

  • Establecer que los sujetos no obligados a expedir factura podrán registrarse como facturadores electrónicos para poder participar en el RADIAN, pero que esto no implica que tengan la obligación de expedir este comprobante de venta;
  • Extender hasta el 31 de diciembre de 2022 del beneficio de la exclusión de IVA en relación con el incentivo de premio inmediato de los juegos de suerte y azar territoriales;
  • Se precisa la posibilidad de establecer esquemas de cofinanciación de los déficits operacionales y a raíz de la pandemia, no solo para los sistemas de transporte masivo, sino para los sistemas estratégicos de transporte, lo que amplía esta herramienta de apoyo a ciudades intermedias y elimina el límite de 50% para este apoyo.

Como fue reseñado, en el debate se planteó también la inclusión de nuevos artículos:

  • Se elimina el IVA a las empresas que hagan parte del régimen simple que desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas;
  • Se propone que no sean responsables del Impoconsumo en 2022 los restaurantes y bares que tributen por medio del régimen simple;
  • Los recaudos que se efectúen durante la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, las rentas creadas o modificadas con ocasión a la presente ley, se deberán incorporar en la parte correspondiente al presupuesto de rentas y recursos de capital de dicha vigencia.

En el Senado de la República se precisó cómo entraría a operar el IVA para bienes de tráfico postal o envíos urgentes, iguales o inferiores a 200 dólares, que hoy no pagan impuestos.

Únicamente gozarán de esta exención los países con los que se haya firmado un Tratado de Libre Comercio y además se le otorgarán facultades de fiscalización estricta a la Dian.

Consulte aquí el documento discutido durante el segundo debate:

Fuente: El Tiempo – Revista Portafolio

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