MinSalud expide resolución para regular la importación, adquisición y aplicación de las vacunas contra el COVID-19 por privados

MinSalud expide resolución para regular la importación, adquisición y aplicación de las vacunas contra el COVID-19 por privados

El Ministerio de Salud publicó la Resolución 0000840 de 2021,  norma que define los requisitos especiales para la importación, adquisición y aplicación de las vacunas contra el COVID-19 por personas jurídicas de derecho privado o personas jurídicas con participación pública que se rijan por el derecho privado. Esta nueva norma deroga la Resolución 507 del 2021.

Se destacan de la resolución los siguientes aspectos:

i. Los gastos de importación serán asumidos por el donante o el receptor de la donación, según lo acordado por las partes.

ii. La importación deberá realizarse por los fabricantes titulares de la autorización sanitaria de uso de emergencia -ASUE o por personas jurídicas incluidas como importadores autorizados en la respectiva ASUE.

iii. Los importadores, receptores y prestadores encargados de la aplicación de las vacunas deberán garantizar el cumplimiento de las condiciones de almacenamiento establecidas por el fabricante para la conservación.

iv. Los receptores deberán asumir los costos asociados a la importación, transporte y aplicación de las vacunas.

v. El importador deberá verificar que se dé cumplimiento a lo establecido en el Decreto 1787 del 2020 con respecto a las etiquetas, empaques e insertos.

Tanto donante como receptor de las vacunas deben garantizar que con la cantidad entregada en donación se cumpla con el esquema de vacunación, de acuerdo con las condiciones del fabricante.

Cuando el donante defina de manera expresa y previamente la destinación de los biológicos, estos solo se podrán utilizar con ese fin, independientemente de la priorización establecida en el plan o su fase y etapa de ejecución.

Consulte el documento aquí:

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