MinTrabajo publica para comentarios proyecto que modifica la forma de verificación de las planillas de autoliquidación de aportes

El Ministerio del trabajo publicó para comentarios el proyecto de decreto por el cual se pretenden modificar los artículos 2.2.3.1.18. y 2.2.3.1.19. del Decreto 1833 de 2016.
El primero de estos hace referencia a la verificación de las cotizaciones; el proyecto plantea que dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la consignación de las cotizaciones, las administradoras deberán verificar si se incluye la información relacionada con la cuenta de control retenciones contingentes por retiro de saldos y la conformidad de los datos incluidos en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), en especial, si los valores aportados se ajustan a las exigencias de ley. Así mismo, deberán comparar si los valores a que hace referencia la PILA coinciden con los efectivamente consignados o registrados. Si no se presentan inconsistencias, las sumas correspondientes con sus rendimientos deberán ser inmediatamente abonadas al respectivo fondo de reparto o cuenta de capitalización individual, según corresponda.
En segundo artículo en mención trata sobre los excesos en las consignaciones. En la modificación se plantea el procedimiento por el cual se debe identificar y luego comunicar al cotizante para que que una vez este de respuesta, se puedan hacer las devoluciones correspondientes. El artículo además establece las diferencias del procedimiento dependiendo a que régimen se encuentra afiliado el cotizante.
El Ministerio recibirá comentarios y observaciones hasta el 24 de marzo al correo electrónico [email protected]
Consulte el documento aquí: