¡No lo olvide! Hasta el 3 de diciembre podrán postularse para recibir un apoyo estatal las empresas afectadas por el paro

¡No lo olvide! Hasta el 3 de diciembre podrán postularse para recibir un apoyo estatal las empresas afectadas por el paro

Hasta el viernes 3 diciembre los empleadores que para el mes de marzo de 2021 tuvieran trabajadores registrados en PILA y hayan registrado una caída del 20% en sus ingresos entre los meses de mayo y junio de 2021, comparado con los que registraron antes de la pandemia, pueden postularse para recibir apoyo económico por cada trabajador. Así lo recordó la UGPP.

En esta ÚNICA convocatoria se recibirán postulaciones correspondientes a los meses de mayo y junio de 2021 a través de las cuales se otorgarán apoyos económicos para las nóminas de abril y mayo.

$181.500 recibirán los empleadores de todos los sectores económicos, por cada trabajador, es decir, el 20% de un salario mínimo.

Según destacó la entidad, las postulaciones se recibirán a través de las entidades financieras, que ofrecen la posibilidad de realizar el proceso de manera presencial o virtual hasta el 3 de diciembre.

Los empleadores pueden aplicar a la ayuda en el pago de gastos laborales correspondientes a las nóminas de abril y mayo de 2021, es decir los únicos 2 ciclos establecidos por la Ley de inversión social.

¿Quiénes pueden postularse?

  • Personas jurídicas
  • Personas naturales
  • Consorcios o uniones temporales
  • Patrimonios autónomos declarantes del impuesto de renta
  • Personas naturales con 2 o más trabajadores reportados en PILA de febrero 2021.

Requisitos

1. Tener un producto de depósito en una entidad financiera.

2. Certificar una caída del 20% o más en los ingresos, en los términos descritos en el art. 5 de la Resolución 2474 de 2021.

3. Tener más de 2 trabajadores reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA.

4. Estar al día en el pago de salarios y aportes a seguridad social de los empleados.

5. No tener participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50% de su capital.

¿Qué documentos se requieren?

  1. Formulario de postulación diligenciado y firmado
  2. 2. Certificación firmada por la persona natural empleadora, o representante legal y el revisor fiscal o contador público, en la que indique: i) Caída del 20% o más en los ingresos; ii) que los empleados sobre los que recibirá el aporte recibieron el salario del mes anterior al de la postulación; iii) los consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos deberán anexar copia del Registro Único Tributario -RUT.

Fuente: UGPP

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