Precisiones sobre beneficios económicos para garantizar aislamiento de diagnosticados con covid-19
Frente a una consulta sobre la veracidad del reconocimiento de subsidios para la personas con diagnostico positivo de covid-19, el Ministerio de Salud recordó la expedición del Decreto 1374 del 2020, por el cual se optimizó el programa pruebas, rastreo y aislamiento selectivo sostenible (PRASS), que entre otras medidas estableció el reconocimiento de beneficios económicos para garantizar el cumplimiento del aislamiento.
Así, para los afiliados al régimen contributivo, la citada disposición determinó que se contará con los recursos económicos derivados de la incapacidad por enfermedad general a reconocer por parte de las EPS, mientras que para los afiliados al régimen subsidiado diagnosticados con covid-19 se contará con el pago de una compensación económica temporal (CET).
En todo caso, esta norma aclaró que para los afiliados del régimen contributivo diagnosticados con covid-19 que, a criterio del médico tratante, no les sea necesaria una incapacidad, por sus condiciones físicas, se deberá priorizar al trabajador para realizar sus labores desde casa y durante el término de aislamiento obligatorio.
Ahora bien, la Circular 14 del 2020, sustituida por la Circular 15 del 2021, estableció directrices sobre el reconocimiento de la CET, indicando que el trámite para acceder a ella se debe adelantar directamente con la empresa promotora de salud (EPS) del régimen subsidiado a la que esté afiliada la persona. La ADRES, después del cargue de la información por parte de la EPS, girará los recursos.
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