Se publica para comentarios proyecto Mincomercio que expide el reglamento de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas y se establecen las funciones de su Secretaría Técnica

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, publicó para comentarios un proyecto de Resolución para reglamentar la Comisión Intersectorial de Zonas Francas y establecer las funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas.
Comisión Intersectorial de Zonas Francas
La Comisión Intersectorial estaría integrada por:
- Dos delegados del Ministro de Comercio, Industria y Turismo, los cuales serán el Viceministro de Desarrollo Empresarial y el Viceministro de Comercio Exterior, este Ministerio presidirá la Comisión;
- Un delegado del Ministro de Hacienda y Crédito Público, el cual será uno de sus viceministros;
- Un delegado del Director del Departamento Nacional de Planeación, el cual será el Subdirector General Sectorial;
- Un delegado del Director General de la DIAN, el cual será el Director de Gestión de Aduanas;
- Un delegado del Presidente de la República.
Adicionalmente, cuando se presente una solicitud de zona franca que en consideración del MinComercio requiera la participación de otro ministerio, agencia o entidades, se podrá invitar al respectivo ministro, director o presidente, o a quien este delegue, quien tendrá voz, pero no voto en las discusiones.
La Comisión Intersectorial de Zonas Francas sesionará ordinariamente por lo menos cuatro (4) veces por año para cumplir con las funciones a su cargo. Podrá reunirse de manera extraordinaria en cualquier momento y también a solicitud de alguno de sus miembros, cuando la naturaleza de los asuntos a tratar así lo amerite. La Comisión podrá realizar sesiones presenciales y sesiones virtuales.
Entre sus funciones se encuentran las siguientes:
- Aprobar o negar el Plan Maestro de Desarrollo General y sus modificaciones, dentro del contexto de las finalidades previstas en el artículo 2 de la Ley 1004 de 2005 y teniendo en cuenta los aspectos financieros, económicos y sociales del proyecto y los conceptos de que trata el artículo 49 del Decreto 2147 de 2016. La Comisión Intersectorial de Zonas Francas podrá negar el Plan Maestro de Desarrollo General de la zona franca y sus modificaciones por incumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico y por motivos de inconveniencia para los intereses de la Nación.
- Establecer lineamientos para definir el término de la declaratoria de existencia de las zonas francas.
- Estudiar y emitir concepto sobre la autorización de la prórroga del término de declaratoria de existencia de las zonas francas.
Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas
La Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas será ejercida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Entre las funciones de la Secretaria se encuentran las siguientes:
- Recibir todos los documentos relacionados con la declaratoria de existencia de una zona franca, aprobación del Plan Maestro de Desarrollo General y emisión del concepto de viabilidad para la declaratoria de existencia de una zona franca, solicitudes de modificación de Plan Maestro de Desarrollo General y de prórroga del término de declaratoria de existencia de zona franca y demás documentos asociados con sus funciones y las de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas.
- Solicitar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, al Departamento Nacional de Planeación, y demás entidades públicas del orden nacional o territorial, los conceptos cuando a ello hubiere lugar.
- Evaluar para posterior decisión de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas las solicitudes que presenten los inversionistas para la declaratoria de existencia de zonas francas, las modificaciones de Plan Maestro de Desarrollo General, las prórrogas del término de declaratoria de existencia y demás peticiones asociadas con las funciones de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas
- Realizar visitas técnicas al área de terreno donde se pretende la declaratoria, con el propósito de determinar la continuidad del área y que los predios son aptos para la declaratoria de existencia de zona franca y de ser necesario al área declarada como zona franca cuando se presente una solicitud de modificación de Plan Maestro de Desarrollo General o de prórroga del término de declaratoria de existencia y demás funciones de la Comisión Intersectorial de Zonas Francas
- Recomendar a la Comisión Intersectorial de Zonas Francas la aprobación o no de las solicitudes de zona franca, con base en el Informe Técnico de Evaluación.
- Velar por la legalidad formal de las actuaciones de la Comisión y garantizar que los procedimientos y reglas aplicables a dichas actuaciones sean respetados, de acuerdo con lo previsto en este reglamento y demás normas aplicables, para lo cual las entidades que integran la Comisión deberán garantizar el suministro de toda la información requerida de manera previa y oportuna a la respectiva sesión de la Comisión.
El Ministerio recibirá cometarios hasta el 27 de abril de 2021 en los correos electrónicos: [email protected]; [email protected]
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