Superindustria ordena devolver propina voluntaria que se le cobró a un consumidor sin preguntarle

Superindustria ordena devolver propina voluntaria que se le cobró a un consumidor sin preguntarle

La Superintendencia de Industria y Comercio resolvió una demanda relacionada con la una relación de consumo por valor de $ 80.700, del cual se cobró $ 7.300 por concepto de servicio voluntario sin consultar al consumidor.

La entidad recordó que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la Ley 1935 del 2018, por la cual se reglamentan las propinas, la persona que atiende al cliente debe preguntarle si desea que su propina voluntaria sea o no incluida en la factura o en el documento equivalente o que indique el valor que quiere dar como propina.

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Este deber está relacionado con el derecho que tienen los compradores a recibir información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto a los productos y servicios que se les ofrecen, en los términos del artículo 23 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11).

Al consagrar esta responsabilidad en cabeza de productores y proveedores, indicó la superintendencia,

se busca garantizar que los consumidores cuenten con los elementos de juicio suficientes que les permitan elegir entre la variedad de los bienes y servicios que se ofrecen en el mercado y, de esta manera, que adopten decisiones de consumo razonables.

En el caso bajo análisis, la demandada incumplió con su deber de información, así como con las disposiciones sobre propina voluntaria, al no suministrar al consumidor información clara, precisa e inequívoca sobre la inclusión de la misma en la factura, lo cual derivó en la vulneración de sus derechos.

Fuente: Superintendencia de Industria y Comercio, Sent. 1411 de 2021.

 

 

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