Supersociedades expide manuales de usuario para tramitar procesos de liquidación judicial a través de mecanismos digitales
A partir del 1º de diciembre del 2021, no será posible radicar una solicitud de liquidación judicial mediante radicación física en las ventanillas de la entidad o mediante envío al correo electrónico anteriormente usado para estos efectos. Las solicitudes de inicio del proceso de liquidación judicial previsto en la Ley 1116 del 2006 deberán presentarse preferentemente por el aplicativo Módulo de Insolvencia (“MI”), disponible en la página web de la Superintendencia de Sociedades en el enlace https://mi.ia.supersociedades.gov.co.
No obstante, si el solicitante no cuenta con las herramientas tecnológicas para hacer una radicación a través del MI o presenta problemas técnicos podrá comunicarse a la superintendencia a la línea (1) 220-1000 o al correo [email protected], de manera que se le permita, previa verificación de la imposibilidad, la radicación por correo electrónico o hacer uso de los elementos tecnológicos que la entidad habilitará para la presentación de solicitudes in situ, en cada una de sus sedes, las cuales estarán disponibles, siempre que no haya restricciones de movilidad.
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