Para efectos del ICA, publicación de anuncios en revistas hace parte de la actividad de edición: Consejo de Estado

Para efectos del ICA, publicación de anuncios en revistas hace parte de la actividad de edición: Consejo de Estado

La Sección Cuarta del Consejo de Estado reiteró que para efectos del ICA, la publicación de anuncios en revistas hace parte de la actividad de edición, de suerte que no constituye una actividad de publicidad independiente. En ese contexto, la Sala trajo a colación que el impuesto debatido no recae sobre transacciones o actos individualmente considerados (como sí ocurre en la estructura del hecho generador de otros tributos, como el impuesto de registro), sino que somete a tributación el ejercicio o realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios. La Sala explicó que esa formulación del hecho generador permite concluir que la obligación de contribuir nace por el ejercicio de una industria, comercio u oficio. Por consiguiente, es la realización de la actividad, entendida como un todo, la que resulta gravada con el impuesto, al margen de las diferentes transacciones que pueda llevar a cabo el sujeto pasivo en ejercicio de esa actividad.

A efectos de liquidar la cuota tributaria por la realización de una actividad gravada, la normativa del ICA especifica con cierto grado de concreción distintas actividades con la finalidad de señalar la tarifa aplicable.

(…) sin embargo, aunque el listado de tarifas por actividades pueda resultar útil para clasificar las actividades sujetas al ICA, las transacciones individualmente llevadas a cabo por la contribuyente no definen, por sí solas, la categoría de la actividad económica gravada por el hecho generador. Por ello, la sentencia en mención que ahora se reitera, con base en los hechos probados en esa oportunidad, concluyó que la difusión del mensaje publicitario por parte del medio comunicación no constituye un servicio de publicidad gravado al 9,66‰, sino que la divulgación del mensaje o información publicitaria en la revista hace parte de la actividad de edición de la revista gravada con la tarifa del 4,14‰. (…)

En conclusión , la Sala considera que la inclusión de anuncios de propiedad de terceros en una revista hace parte de la actividad de publicación de ese tipo de medios, pues el anuncio se publica en desarrollo y como consecuencia de la actividad de edición gravada con el impuesto; al punto que sin esta última, los ingresos por concesión de espacios no se devengarían, de manera que son una parte del desarrollo de la actividad de edición y publicación de revistas.

Consulte el fallo aquí:

CE-SEC4-EXP2021-N23721_01599-01_Nulidad-Restab_20210923

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