Experiencia de socios retirados por venta de su participación no podrá tenerse en cuenta para acreditar la experiencia en el RUP de sociedades con menos de tres años de constitución

Experiencia de socios retirados por venta de su participación no podrá tenerse en cuenta para acreditar la experiencia en el RUP de sociedades con menos de tres años de constitución

Al ser consultad sobre el particular, Colcompra señaló que el Decreto 1082 de 2015 incluye una medida diferenciada para las personas jurídicas cuya constitución sea menor a 3 años al momento del registro. Esta prerrogativa, que puede entenderse como una medida de fomento a la participación de pequeños oferentes en la contratación estatal, permite que las sociedades relativamente nuevas, con menos de 3 años de constitución, puedan acreditar como experiencia en el RUP la de sus accionistas, socios o constituyentes. Señaló la entidad que la finalidad de esta norma es permitir que las sociedades que no cuentan con la experiencia suficiente para contratar con el Estado puedan apoyarse en la experiencia de sus accionistas, socios o constituyentes con el fin de incentivar la competencia en la contratación estatal.

En este orden de ideas, el socio transfiere la experiencia adquirida directamente a la sociedad de la que es parte, para que esta, como persona jurídica independiente, pueda cumplir con los requisitos habilitantes o puntuables que establezcan las entidades estatales en sus procesos de contratación, y de esta forma promover el desarrollo de la empresa y la pluralidad de oferentes en la contratación pública.

(…) Sin perjuicio de lo anterior, no debe perderse de vista que el Decreto 1082 de 2015 solo permite que una sociedad acredite la experiencia de quienes tienen la calidad de accionistas, socios o constituyentes durante los primeros tres años de su constitución. Por tanto, si se pierden estas calidades, como sucedería cuando un socio se retira por venta o cesión de su participación y pierde su calidad de socio, ya no sería posible que la sociedad acredite la experiencia aportada por dicha persona.

Consulte el documento aquí:

Col-Compra-Eficiente-Concepto-2021-N0001147_103_20210324

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