No es posible corregir una declaración de retención en la fuente ineficaz: DIAN
La DIAN recibió una consulta respecto a la posibilidad de corregir una declaración de retención en la fuente ineficaz. al respecto, la Entidad señaló que no es posible corregir una declaración de retención en la fuente ineficaz en los términos del artículo 580-1 del Estatuto Tributario. Esto pues la ineficacia supone que la declaración no ha producido efecto legal alguno. En este sentido, cualquier enmienda que se pretenda realizar a los valores inicialmente consignados exige que se presente nuevamente la referida declaración, liquidando la respectiva sanción por extemporaneidad y pagando la retención y los intereses moratorios causados, so pena de que se incurra nuevamente en el fenómeno de la ineficacia.
DIAN, OFICIO Nº 840 [905544] de 2021