Publicado en Diario Oficial Texto del Decreto que adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal
Se publicó en el Diario Oficial el Decreto 216 de 2021, “Por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal”.
El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos contempla dos herramientas jurídicas:
1. El Registro Único de Migrantes Venezolanos bajo Régimen de Protección Temporal
2. El Permiso por Protección Temporal.
¿Cuáles son las Características del Registro Único de Migrantes?
- Está a cargo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.
- El Registro Único de Migrantes aplica a los migrantes venezolanos descritos en el ámbito de aplicación, y tiene como fin recaudar y actualizar su información biográfica y biométrica para la formulación y diseño de políticas públicas en materia migratoria, e identificar a los solicitantes del Permiso por Protección Temporal.
- Se realizará de forma virtual (dispositivos móviles) con fotografía (biométrica).
- No tiene fines sancionatorios, y la inclusión de la información en el Registro no modifica el estatus migratorio, ni otorga beneficios, ni equivale al reconocimiento de la condición de refugiado, ni otorga asilo.
- Es requisito para los ciudadanos venezolanos que se encuentren en el territorio nacional en forma irregular, aportar ante Migración Colombia prueba sumaria e idónea (contrato de arrendamiento, contrato de matrícula en una institución educativa, etcétera), de que su permanencia en el territorio nacional se dio antes de la entrada en vigencia del Estatuto.
- El registro de información se llevará a cabo durante la vigencia del ETPV y se actualizará periódicamente. Si la información del MV cambia, deberá reportar la modificación de manera inmediata para la actualización del registro.
¿Qué es el Permiso por Protección Temporal?
El permiso de protección personal es un mecanismo de regularización migratoria y documento de identificación, que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en Colombia en condiciones de regularidad migratoria especial por su término de vigencia.
Este mecanismo
permite ejercer durante dicho período cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas.
¿Cuáles son los requisitos para obtener el Permiso por Protección Temporal?
- Estar incluido en el Registro Único de Migrantes
- No tener antecedentes, anotaciones ni procesos administrativos o judiciales en curso.
- No tener en curso investigaciones administrativas migratorias.
- No tener en su contra medidas de expulsión, deportación o sanción económica vigente.
- No tener en curso investigaciones o condenas por delitos cometidos en Colombia.
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