El Gobierno Nacional introduce modificaciones al esquema de Asociación Público Privada

El Departamento Nacional de Planeación expidió el Decreto 438 de 2021, “[p]or el cual se modifica el Capítulo 1 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015”.
Aspectos introducidos con la modificación
El fortalecimiento de aspectos relacionados con la planificación y selección de proyectos; el suministro y acceso a la información de estructuración y ejecución de estos; el mejoramiento continuo de los instrumentos de atención de riesgos contingentes; y en general todas aquellas mejoras procedimentales que generen transparencia y promuevan la competencia y una mayor participación del sector privado en este tipo de proyectos, entre otros aspectos, constituyen los objetivos primordiales de la modificación introducida por el Decreto 438 de 2021.
En tal virtud el citado decreto establece las condiciones para mejorar el esquema de Asociaciones Público Privadas -APP-, así:
- Adoptando reglas que permitan armonizar los proyectos de Asociación Público Privada con las prioridades nacionales y territoriales en materia de infraestructura;
- Definir aquellos casos en los cuales sea necesario establecer mecanismos de liquidez que propendan por reducir la probabilidad de terminación anticipada de los proyectos o futuras renegociaciones o modificaciones contractuales, que se den como consecuencia de la materialización de los riesgos a cargo de la entidad pública;
- Reducir los efectos negativos de las asimetrías de información que pueden generar una percepción equivocada del proyecto y una errónea estimación de los costos y riesgos del mismo;
- Incentivar la divulgación de información pertinente sobre los proyectos, promoviendo transparencia y responsabilidad;
- Promover la competencia en beneficio del interés público inmerso en la contratación administrativa; y
- Contar con requisitos claros, estandarizados y técnicamente pertinentes para la presentación de iniciativas privadas que permitan que los originadores conozcan en forma previa y precisa los estudios y documentación que deben presentar, desincentivando la presentación de iniciativas de poca calidad, garantizando así un mejor uso de los recursos limitados del sector público.
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