Responsabilidad de la garantía de bienes nuevos recae en todos los participantes de su cadena de producción: SIC

Responsabilidad de la garantía de bienes nuevos recae en todos los participantes de su cadena de producción: SIC

La Superintendencia de Industria y Comercio recibió una consulta respecto a los criterios de calidad de los productos ofrecidos al consumidor. Al respecto, la entidad explicó que la calidad no es un concepto absoluto, pues está ligado a otros conceptos contenidos en la ley, como lo son la información y la publicidad.

Es importante recalcar que no es mediante concepto que puede entrar a determinarse si un producto es de calidad o no, pues ello solo sería viable dentro de una investigación que para el efecto se adelante. De todas formas, al hacer el análisis para determinar la calidad de un producto es menester entrar a establecer si lo que el consumidor recibe está acorde con las especificaciones de calidad que le fueron informadas sea directamente o sea vía publicidad. A modo de ilustración, podemos evidenciar que el mercado existe una diversidad considerable de productos como lo son los automóviles, sin embargo, no todos los automóviles corresponden a la misma calidad, sin que pueda predicarse que un vehículo baja gama no sea de calidad.

Así, la Superintendencia señaló que el juicio dependerá de que es lo que realmente se está ofreciendo en el mercado a los consumidores. Todos los bienes nuevos gozan de una garantía, frente a la cual son responsables los productores, importadores, expendedores, es decir, todos aquellos que participen en la cadena de producción de un bien.

En esta medida, siempre que se presenten fallas o daños relacionados con las condiciones de calidad, idoneidad y seguridad, las cuales deben estar garantizadas, en relación con los productos (bienes o servicios) adquiridos, el consumidor afectado podrá solicitar directamente ante el proveedor o distribuidor o ante el productor del bien o servicio respectivo la efectividad de la garantía correspondiente, esto es, que se cumplan las condiciones de calidad e idoneidad ofrecidas por el productor, distribuidor o expendedor, al proponer la prestación del servicio o la adquisición del bien.

Consulte el documento aquí:

SuperIndustria-Concepto-2021-N0006039_20210223

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