Enunciado del objeto social del sujeto pasivo no es determinante para establecer la relación de causalidad de las expensas de un contribuyente con la actividad productora de renta

Enunciado del objeto social del sujeto pasivo no es determinante para establecer la relación de causalidad de las expensas de un contribuyente con la actividad productora de renta

La Sección Cuarta del Consejo de Estado reiteró lo dispuesto en la sentencia de unificación 2020CE-SUJ-4-005, del 26 de noviembre de 2020 (exp. 21329, CP: Julio Roberto Piza), en la cual se indicó que tienen relación de causalidad con la actividad productora de renta, todas las expensas realizadas por el contribuyente en desarrollo o ejecución de la actividad productora de renta, sin que la obtención de ingresos ni el enunciado del objeto social del sujeto pasivo» sean determinantes a efectos del nexo causal.

Ahora bien, la Sala explicó que sobre la prueba de la satisfacción de ese requisito en casos concretos, la regla 4.ª de unificación de la sentencia señalada determina que los contribuyentes tienen la carga de poner en conocimiento de las autoridades administrativas y judiciales las circunstancias fácticas y de mercado, demostraciones y carga argumentativa, conforme a las cuales una determinada expensa guarda relación causal con su actividad productora de renta, es necesaria y proporcional con un criterio comercial y tomando en consideración lo acostumbrado en la concreta actividad productora de renta.

En esos términos, esta Sala tiene establecido que la mayor concreción del reproche de la autoridad tributaria, frente a la aplicación y alcance de los requisitos del artículo 107 del ET, tendrá como correlato un mayor despliegue probatorio por parte del administrado, pues ese nivel de especificidad requerirá mayor diligencia, carga argumentativa y demostraciones técnicas por parte del contribuyente.

Consulte el fallo aquí:

CE-SEC4-EXP2021-N25096_01310-01_Nulidad-Restab_20210826

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